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Administración General del Fondo Solidario de Crédito Universitario


  1. Tu Deuda

    Las deudas cuyo inicio de cobro es anterior al año 2006 y aquellas contraídas con dos o más universidades, se cobran a través de la empresa de cobranza Orsan.

    Las deudas con inicio de cobro desde el año 2006 en adelante (Fondo Solidario Ley 19.287 y Ley 19.848 ambas sólo USACH) se gestionan a través de la Administración General del Fondo de Crédito de la USACH.

    Se comunica a los deudores ley Nº 19.287 que mientras se define la cuota del año en virtud a las declaraciones de ingresos, se fija como cuota provisoria el 20% del saldo deudor o el doble del pago anual anterior y, a los deudores de la ley Nº 19.848, reprogramados a 10 cuotas anuales, se fija provisoriamente la cuota reprogramada. Todo esto para aquellos deudores que deseen efectuar abonos antes del procesamiento de las respectivas declaraciones juradas.

  2. Declaración Jurada

    Se comunica a los deudores que deban presentar Declaración Jurada de Ingresos (Ley 19.287 y Reprogramación Ley 19.848, pactada a 10 años plazo), deben hacerlo en forma Obligatoria a través de esta Página vía Web. Posteriormente deben hacer llegar a la Administración del Crédito Universitario de la USACH, en forma personal, o través de un tercero, la documentación original que respalde lo declarado mediante este formulario electrónico, dentro de los plazos establecidos por la ley (último día hábil del mes de mayo). Del mismo modo es obligatorio que la Declaración Jurada de Ingresos sea firmada ante Notario, y entregada en nuestras oficinas junto a la documentación de respaldo, y dentro del plazo indicado, lo que permitirá, con anticipación, conocer el valor de la cuota del año a cancelar.

  3. Pago Crédito Universitario

    Se comunica a los deudores ley Nº 19.287 que mientras se define la cuota del año en virtud a las declaraciones de ingresos, se fija como cuota provisoria el 20% del saldo deudor o el doble del pago anual anterior y, a los deudores de la ley Nº 19.848, reprogramados a 10 cuotas anuales, se fija provisoriamente la cuota reprogramada. Todo esto para aquellos deudores que deseen efectuar abonos antes del procesamiento de las respectivas declaraciones juradas.

    LEY 19.848 (Deuda sólo Usach)

    1. Para facilitar el pago de la cuota anual, el deudor tiene la opción de pagar en parcialidades a través del Web Pay en el menú "Pago Crédito Universitario" que se encuentra en la parte superior de esta página.
    2. Los deudores antes mencionados pueden imprimir sus cupones de pago para cancelar las cuotas en cualquier Sucursal del Banco del Desarrollo o sucursal de Sencillito. Para esto deben acceder al menú "Pago Crédito Universitario" que se encuentra en la parte superior de esta página.
    3. Opcionalmente, las cuotas también pueden ser pagadas con cargo a Tarjetas de Crédito, en nuestras oficinas en la USACH.
    4. A los deudores de más de una Universidad acogidos a la Ley 19.848 (a los cuales corresponda cobrar a la USACH) se les informa que la recaudación seguirá siendo realizada a través de la Empresa de Cobranza ORSAN

    LEY 19.287 (Con año inicio cobro 2006 y posteriores, deuda sólo Usach)

    1. El deudor tendrá la opción de pagar a través del Portal de Pagos del Banco Santander Santiago, al que podrá acceder ingresando Rut y fecha de nacimiento en esta página.
    2. Puede pagar sus cuotas a través de la Web, con tarjeta de crédito (Web-Pay) al acceder al menú "Pago Crédito Universitario" que se encuentra en la parte superior de esta página.
    3. Los deudores también pueden imprimir sus cupones de pago para cancelar las cuotas en cualquier sucursal del Banco del Desarrollo o sucursal de Sencillito. Para esto deben acceder al menú "Pago Crédito Universitario" que se encuentra en la parte superior de esta página.
    4. Opcionalmente, las cuotas también pueden ser pagadas con cargo a Tarjetas de Crédito, en nuestras oficinas en la USACH.
    5. A los deudores de más de una Universidad acogidos a la Ley 19.287 (a los cuales corresponda cobrar a la USACH) se les informa que la recaudación sigue siendo realizada a través de la Empresa de Cobranza ORSAN.
  4. Otras Alternativas de Financiamiento

    Una buena alternativa para financiar su deuda a través de Banca de Personas o Banca Masiva. Hacer click en el siguiente link: Crédito Deudas Universitarias

  5. Pago en Orsan

    Los demás deudores para el pago de sus deudas deben comunicarse con la empresa de cobranza Orsan S.A. Ubicada en Huérfanos 886, oficina 1207.
    Fonos: +56 2 23818350 - +56 2 233818351 - +56 2 23818352 - +56 2 23815354 - +56 2 23815355